Derechos reconocidos hace siglos que creíamos que eran logros modernos

Derechos reconocidos hace siglos que creíamos que eran logros modernos

Aunque en determinadas situaciones puede parecer mentira, la evolución experimentada por los pueblos a lo largo de la historia ha servido para que hoy en día disfrutemos de sociedades más justas e igualitarias.

Nuestra sociedad reconoce a sus ciudadanos derechos y libertades, también obligaciones, de los que hace menos de un siglo apenas se intuían, pero haríamos mal en pensar que todos son logros de nuestro tiempo.

Sátiro y Ménade. Pintura mural en una de las habitaciones de la Casa de Cecilio Giocondo en Pompeya (Italia).

En algunos casos sería mejor decir que son derechos reconocidos hace siglos, que se perdieron en la historia, y ahora recuperamos.

1. La independencia económica de la mujer (Sumeria)

En la antigua Mesopotamia, las mujeres gozaban de una autonomía económica que no se volvería a ver en siglos posteriores. Se les permitía poseer tierras, heredar, ejercer oficios y, sobre todo, disponer de lo que ganaban con su trabajo. Conocemos numerosas tablillas cuneiformes con contratos comerciales firmados por mujeres, y las reinas de las primeras dinastías dirigían sus propias propiedades agrícolas con escribas particulares a su servicio.

Como curiosidad, durante la III Dinastía de Ur, los reyes decretaban periodos de siete días en los que se paralizaba el trabajo de miles de obreras estatales. Aunque la cultura popular a veces lo disfrace como un "día de la mujer trabajadora", los registros históricos indican que eran en realidad estrictos días de luto oficial por la muerte de las consortes reales.

Estatua de una mujer sumeria orante procedente del templo de Sin en Khafajah (la antigua Tutub), Irak. Período Dinástico Temprano, c. 2800-2400 a. C. Excavada por el Instituto Oriental de la Universidad de Chicago en la década de 1930.

2. Jubilación (Roma)

El gran éxito militar de Roma se debió a su ingeniería, su disciplina y la organización de sus legiones. Estos ejércitos estaban compuestos por ciudadanos que, tras una dura instrucción, permanecían en activo durante más de dos décadas. Para mantener la lealtad y asentar los territorios conquistados, el emperador Augusto institucionalizó el aerarium militare (tesoro militar).

Cuando estos veteranos cumplían sus años de servicio (unos 25 años), se licenciaban como eméritos y recibían el praemium militare: una suma de dinero equivalente a más de diez años de sueldo o una buena parcela de tierra. Así se fundaron ciudades para asentar a los jubilados, como Emérita Augusta —hoy Mérida—, nacida al licenciar a los veteranos tras las guerras cántabras.

Legionarios romanos. Bajorrelieve de Glanum (Saint-Rémy-de-Provence). Espérandieu 130.

3. Contratos de convivencia civil (Edad Media)

Durante la Edad Media europea se popularizó un contrato legal conocido como affrèrement en Francia (o adfratatio). Mediante este acuerdo ante notario, dos o más hombres —a menudo hermanos, pero también personas sin parentesco— se comprometían a vivir juntos y compartir "el pan, el vino y el dinero".

Aunque a nuestros ojos modernos pueda parecer un matrimonio civil, su motivación era puramente de supervivencia económica y fiscal. Al unir sus propiedades bajo esta figura, evitaban fragmentar las tierras heredadas, compartían el pago de impuestos y garantizaban que, en caso de fallecimiento, el sobreviviente heredase los bienes en lugar de que estos pasaran a manos del señor feudal.

Notario, miniatura del siglo XIV del Libro del Gremio de Notarios.

4. El divorcio (Antiguo Egipto)

Al analizar los miles de papiros conservados del periodo grecorromano, sorprende constatar que la situación legal de la mujer en Egipto era mucho más pragmática que en épocas posteriores. La mujer podía heredar, testar y regentar negocios. El matrimonio no era un sacramento religioso, sino un acuerdo civil formalizado por un contrato que detallaba claramente la separación de bienes.

Si la convivencia no funcionaba, el divorcio era un trámite común que podía iniciar cualquiera de los dos. Las cláusulas de rescisión estipulaban exactamente cómo debía restituirse la dote a la mujer y qué parte de los bienes acumulados le correspondía, evitando que quedara desamparada tras la separación.

Legionarios romanos. Bajorrelieve de Glanum (Saint-Rémy-de-Provence). Espérandieu 130.

5. Obligación de cuidar a nuestros mayores (Antigua Grecia)

Es común pensar que las grandes leyes sociales nacieron en Roma, pero en materia de cuidado a los ancianos debemos mirar a la antigua Atenas. Observando la naturaleza, los griegos promulgaron la ley de la Pelargonia (derivada de pelargos, que significa cigüeña).

Se inspiraba en la creencia, documentada por filósofos como Aristóteles, de que las cigüeñas jóvenes alimentaban y protegían a sus progenitores cuando estos envejecían. Trasladado al código civil ateniense (Leyes de Solón), los hijos tenían la obligación legal, bajo pena de perder sus derechos como ciudadanos, de proporcionar alimento y techo a sus padres ancianos.

Eneas cargando a su padre Anquises sobre el hombro.

6. Garantía de seguridad jurídica en los contratos (Sumeria)

En la antigua Mesopotamia, los ciudadanos tenían el derecho a exigir que las alianzas matrimoniales y patrimoniales quedaran formalizadas mediante contratos legales por escrito ante testigos. Esto no era un trámite religioso, sino una garantía civil: protegía a las partes frente a estafas o incumplimientos, asegurando que los compromisos de aportación económica, dotes o acuerdos de manutención tuvieran validez legal ejecutable ante los jueces de la ciudad.

Tablilla cuneiforme: registro de un litigio Colonia comercial paleoasiria Hacia los siglos XX-XIX a. C.

7. Divorcio (Vikingos)

El respeto con el que eran tratadas las mujeres en la sociedad nórdica antigua también llegaba al mundo del matrimonio, el cual suponía una alianza de poder y riquezas entre dos clanes. Lo que más sorprende es la facilidad de acceso al divorcio. Según las antiguas leyes nórdicas, tanto el hombre como la mujer podían divorciarse simplemente alegando sus motivos ante testigos en la puerta de su casa y junto al lecho conyugal.

Si una mujer solicitaba el divorcio por causas justificadas (impotencia del marido, malos tratos, o mala gestión económica), recuperaba íntegramente la dote aportada por su familia y las propiedades a su nombre, garantizando su independencia.

8. Bajas laborales por incapacidad temporal (Egipto)

La construcción de las grandes obras del estado egipcio requería una burocracia extremadamente precisa. Esto se ve con total claridad en los artesanos altamente cualificados que construyeron las tumbas del Valle de los Reyes, asentados en el poblado de Deir el-Medina. Hoy sabemos gracias a la arqueología que no eran esclavos; eran trabajadores libres, asalariados, bien alimentados y organizados en cuadrillas.

Un escriba llevaba su contabilidad en fragmentos de piedra o cerámica (ostraca). En el registro de asistencia más famoso que se conserva, de hace unos 3.200 años, el escriba anotaba diariamente los motivos por los que un obrero faltaba a su puesto: picaduras de escorpión, enfermedades de la vista, embalsamar a un pariente fallecido, fabricar cerveza para una festividad religiosa, o quedarse en casa para cuidar de su esposa indispuesta.

Un ostracón en hierático que menciona a funcionarios encargados de la inspección y el vaciado de tumbas durante la XXI Dinastía, hacia 1070-945 a. C.

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